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El tratamiento institucional de los menores que cometen delitos antes de los 14 años
Publicado
01-02-2006
Resumen
La LO 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores ha obligado a las comunidades autónomas no sólo a asumir la responsabilidad de responder a los menores de entre 14 y 17 años que cometen delitos, sino también a trabajar formal y preventivamente con los menores de 14 años que delincan. La propia legislación de menores establecía la necesidad de trabajar con estos menores de 14 años desde los servicios de Protección de la Infancia; una institución que hasta el momento trabajaba con esquemas clásicos de desprotección de la infancia y abandono familiar y no sobre situaciones de riesgo social. El objetivo de este trabajo es sacar a la luz una realidad apenas conocida en el ámbito español: la de los delitos cometidos por menores de 14 años y las medidas desarrolladas en este tiempo por las instituciones que trabajan con ellos. En él se muestran los resultados de una investigación empírica realizada en tres comunidades autónomas españolas: Aragón, Andalucía y Castilla-La Mancha, en la que se han analizado el 25% de los expedientes de menores que cometieron un delito a lo largo del año 2004 y en la que se ha entrevistado a expertos del ámbito jurídico y social que trabajan con esta población infantil.
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Derechos de autor 2006 María José Bernuz Beneitez, Esther Fernández Molina, Fátima Pérez Jiménez
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